Como especialistas en Oftalmología tratamos a un paciente menor de edad. El niño acudió al centro tras sufrir un golpe en un ojo, así que le realizamos las pruebas necesarias y correctas para determinar el diagnóstico. En ese momento, no presenciamos ningún signo tumoral. Desgraciadamente para el paciente, desde la prueba de TC que le hicimos hasta la constantación de la existencia de un tumor cancerígeno pasaron diez días. La familia nos ha demandado a mi compañero, que le atendió inicialmente, y a mí por no apreciar el tumor en el resultado del TC. ¿Podría existir un error de diagnóstico con responsabilidad? A.N.A. (Madrid)
Por lo expuesto en la pregunta debemos partir de la idea de resultar cierto y probado que, entre la primera visita y la confirmación del diagnóstico, se le practicaron al paciente numerosas pruebas diagnósticas no apreciándose signo tumoral.
Desde un punto de vista jurídico cabe considerar que su compañero en la primera asistencia actuó conforme a las exigencias de la lex artis médica realizando las pruebas oportunas y no siendo imputable el resultado final deenucleación del ojo por cuanto, en principio, no resulta ser consecuencia de las pruebas realizadas ni del tiempo transcurrido desde la primera visita.
En relación con la asistencia prestada por su parte, entiendo que debido al breve periodo de tiempo transcurrido entre la TC y el diagnóstico final, no puede existir acreditado el nexo causal, independientemente de la enucleación del ojo. Ante este supuesto planteado, conviene recordar lo apuntado por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2010, que termina desestimando una demanda por un motivo similar al que nos consulta. En el caso del Supremo, la acusación no se le reprocha al médico la realización de unas pruebas erróneas, pero sí haber interpretado “inadecuadamente el resultado de la TC al no apreciar el tumor cancerígeno”, y si bien fue un error de diagnóstico, el Tribunal considera este hecho irrelevante “dado el breve plazo entre la emisión del informe y la prueba por biopsia, confirmando el tumor cancerígeno”. Por lo tanto, “dificilmente puede atribuirse un nexo causal entre el diagnóstico erróneo de la TC y el resultado de enucleación del ojo, pues en tan breve tiempo no podía agravarse una situación iniciada a primeros de junio con un golpe en el ojo y todo un largo proceso de pruebas buscando la etiología y el descarte del resultado grave de retinoblastoma”.
De este modo, podría concluirse que la actuación del médico no puede ser considerada como condición necesaria para la producción del resultado dañoso.
Enrique Montaner Ros
Otros artículos en mí Blog: imagendiagnostica1969.blogspot.com
Comentarios
Publicar un comentario